Tarifa plana de Autónomos: Qué es y cómo solicitarla

Tarifa plana de autónomos
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La Tarifa plana de autónomos, consiste en una reducción temporal de la cuota de Seguros Sociales, que deben pagar los nuevos autónomos al darse de alta. De partida, un autónomo en régimen general sin tarifa plana de autónomo, exige una cuota mínima de casi 300 euros mensuales. Esta cantidad puede ser imposible de pagar para quienes empiezan desde cero una actividad profesional y carecen de recursos.

Aunque se le llama Tarifa plana de 60 euros, esta cuota reducida es solo inicial. Luego, existen tramos semestrales de reducción sobre la base mínima de cotización y el tipo mínimo de cotización. A cada tramo se le aplica un porcentaje de reducción distinto en función del tiempo y la edad del autónomo.

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Requisitos para la Tarifa Plana de Autónomos


Estos son los requisitos que debes cumplir, para acogerte a esta reducción de tu cuota.

  • Ser Trabajador por cuenta propia o autónomo y que te dés de alta en este régimen por primera vez.
  • Si ya has sido autónomo, que haya transcurrido al menos, 2 años desde tu baja.
  • Si fuiste ya autónomos y te beneficiaste de esta medida, deberías esperar tres años desde tu baja, para poder acogerte de nuevo a ella.

Particularidades a tener en cuenta


  • Los autónomos societarios, a los que hasta septiembre de 2020 se les había denegado el derecho a solicitar esta ayuda. Ahora, ya pueden beneficiarse de ella en las mismas condiciones que el resto de trabajadores por cuenta propia.
  • Los familiares colaboradores del trabajador autónomo poseen sus propios incentivos y NO pueden solicitar la tarifa plana.
  • Si el trabajador realiza en régimen de pluriactividad, el trabajador deberá elegir entre las bonificaciones de esta ayuda o las específicas de pluriactividad.
  • Los autónomos con discapacidad, víctima de violencia de género o víctima del terrorismo, tienen una serie de beneficios adicionales. (art. 32)

A continuación resumimos los requisitos para poder darse de alta en esta tarifa plana. Regulados en el artículo 31 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.

¿Cuánto se abonan por las cuotas?


Aunque se le llama Tarifa plana de autónomos de 60 euros, esta cuota reducida es solo inicial. Así, el autónomo no afronta la cantidad mensual de casi los 300 euros. El trabajador dado de alta pagará 60 euros mensuales durante los primero 12 meses. Ello supone un importante alivio en la economía y facilita la proyección del proyecto que vamos a emprender.

Pasado el año, el autónomo verá incrementada su cuota mensual progresivamente hasta llegar a la tarifa normal de los 300 euros. Actualmente se estima que más de un millón de nuevos autónomos se están beneficiando de esta ayuda, llamada tarifa plana de autónomos. De esta cuota de 60 euros, 51,50 euros corresponden a contingencias comunes y 8,50 euros a contingencias profesionales.

¿Cuánto tiempo duran los beneficios de la tarifa plana de Autónomos?


Depende de la edad del autónomo y de si es hombre o mujer. Autónomos menores de 30 años, 35 si son mujeres, la duración de la tarifa plana será como máximo de 36 meses. Se pagan 60 euros mensuales (reducción del 80%) durante los 12 primeros meses. Luego hay una reducción del 50% durante los seis meses siguientes. Para los 3 siguientes meses una reducción del 30%. Continuamos con una bonificación del 30% los 3 meses siguientes y finalizamos con una bonificación adicional del 30% durante los doce meses siguientes.

Autónomos de más de 30 años, 35 si son mujeres. La duración máxima es de 24 meses. Se pagan 60 euros mensuales (reducción del 80%) durante los 12 primeros meses. Luego hay una reducción del 50% durante los seis meses siguientes. Para los 3 siguientes meses una reducción del 30%.  Y finalizamos con una bonificación del 30% los 3 meses siguientes.

¿Cómo y dónde se solicita?


La solicitud de la tarifa plana debe coincidir con el momento de darse de alta en autónomos. Si se pide después de haberse dado de alta, se denegará, por lo que hay que pedirla en el mismo momento del alta.

Más información y normativa legal en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajador autónomo.